FUNDAMENTOS LEGALES DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO PARA EL PODER POPULAR DE EDUCACION
NUCLEO UPEL-EL MACARO
FUNDACAPI
MARACAY EDO ARAGUA
  INTRODUCCIÓN
En la actualidad, el avance tecnológico y la incorporación de múltiples productos químicos en los procesos de trabajo han dado lugar a que la seguridad e higiene laboral adquiera cada vez mayor importancia, fundamentalmente, en la preservación de la salud de los trabajadores, pero también en la búsqueda de que las empresas sean cada vez más productivas.
Como consecuencia, la participación de los patrones y los trabajadores es determinante para estructurar y ejecutar medidas preventivas, acorde a las situaciones de riesgo en los centros de trabajo. Con el propósito de garantizar esta participación, se han establecido las Comisiones de Seguridad e Higiene en el Trabajo, organismos que se encargan de vigilar el cumplimiento de la normatividad en este campo y de promover la mejoría de las condiciones en las que se desarrollan las actividades laborales.
Es preocupación de toda empresa, la salud física y mental de sus trabajadores para lograr la armonía laboral y productividad, mediante el respeto de todas las disposiciones legales que en materia de seguridad e higiene contempla la Ley.
La formación de las comisiones y comités de seguridad e higiene y Ergonomía, contribuyen grandemente a disminuir el índice de siniestralidad, a eficiente los recursos de la empresa logrando de sus empleados la iniciativa, creatividad y área de trabajo acorde a sus necesidades
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la Dirección General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, aplica el Programa de Autogestión de Seguridad e Higiene en el Trabajo, que comprende dos vertientes: la de Programas Preventivos en la materia y la de Consolidación Operativa de las Comisiones de Seguridad e Higiene. Este documento constituye el elemento fundamental sobre el cual se realizan los Talleres de Asistencia Técnica para esta última estrategia.
Asimismo, está dirigido a proporcionar los conocimientos básicos para poder participar en el Taller correspondiente, cuyo propósito es que los integrantes de estos organismos puedan investigar las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo, así como proponer medidas preventivas y realizar su seguimiento.

BÁSICOS DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Seguridad en el Trabajo es el conjunto de acciones que permiten localizar y evaluar los riesgos, y establecer las medidas para prevenir los accidentes de trabajo.
La seguridad en el trabajo es responsabilidad compartida tanto de las autoridades como de empleadores y trabajadores.


Cuando se presenta un accidente en la empresa intervienen varios factores como causas directas o inmediatas de los mismos. Estos pueden clasificarse en dos grupos:
a) Condiciones Inseguras:
Se refieren al grado de inseguridad que pueden tener los locales, la maquinaria, los equipos, las herramientas y los puntos de operación.
b) Actos Inseguros:
Es la causa humana que actualiza la situación de riesgo para que se produzca el accidente. Esta acción lleva aparejado el incumplimiento de un método o norma de seguridad, explícita o implícita, que provoca dicho accidente.


Las condiciones inseguras más frecuentes, son:
  • Estructuras o instalaciones de los edificios y locales deteriorados, impropiamente diseñadas, construidas o instaladas.
  • Falta de medidas de prevención y protección contra incendios.
  • Instalaciones en la maquinaria o equipo impropiamente diseñadas, construidas, armadas o en mal estado de mantenimiento.
  • Protección inadecuada, deficiente o inexistente en la maquinaria, en el equipo o en las instalaciones.
  • Herramientas manuales, eléctricas, neumáticas y portátiles, defectuosas o inadecuadas.
  • Equipo de protección personal defectuoso, inadecuado o faltante.
  • Falta de orden y limpieza.
  • Avisos o señales de seguridad e higiene insuficientes, faltantes o inadecuadas.

Los actos inseguros más frecuentes que los trabajadores realizan en el desempeño de sus labores, son:
  • Llevar a cabo operaciones sin previo adiestramiento.
  • Operar equipos sin autorización.
  • Ejecutar el trabajo a velocidad no indicada.
  • Bloquear o quitar dispositivos de seguridad.
  • Limpiar, engrasar o reparar maquinaria cuando se encuentra en movimiento.
  • Realizar acciones de mantenimiento en líneas de energía viva, sin bloqueo.
  • Viajar sin autorización en vehículos o mecanismos.
  • Transitar por áreas peligrosas.
  • Sobrecargar plataformas, carros, montacargas, etc.
  • Usar herramientas inadecuadas.
  • Trabajar sin protección en lugares peligrosos.
  • No usar el equipo de protección indicado.
  • Hacer bromas en el sitio de trabajo.
Los factores que pueden propiciar la ocurrencia de la condición o del acto inseguro, como causas indirectas o mediatas de los accidentes, son:
  1. La falta de capacitación y adiestramiento para el puesto de trabajo, el desconocimiento de las medidas preventivas de accidentes laborales, la carencia de hábitos de seguridad en el trabajo, problemas psicosociales y familiares, así como conflictos interpersonales con los compañeros y jefes.
  2. Características personales: la confianza excesiva, la actitud de incumplimiento a normas y procedimientos de trabajo establecidos como seguros, los atavismos y creencias erróneas acerca de los accidentes, la irresponsabilidad, la fatiga y la disminución, por cualquier motivo, de la habilidad en el trabajo.
LOS CONTROLES DE SEGURIDAD QUE DEBEN CONSIDERARSE EN LOS CENTROS DE TRABAJO, SON:
A) CONTROLES DE INGENIERÍA:
    • Diseño de procesos con seguridad.
    • Aislamiento por sistemas cerrados.
    • Sistemas de extracción y humidificación.
    • Protecciones en los puntos de operación y mecanismos de transmisión.
    • Diseños ergonómicos.
B) CONTROLES ADMINISTRATIVOS:
    • Supervisión.
    • Rotación de personal.
    • Descansos periódicos.
    • Disminución del tiempo de exposición.
C) EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL:
    • Caretas.
    • Mandiles.
    • Mascarillas.
    • Guantes.
    • Zapatos de seguridad, etc.


La supervisión, como una actividad planeada, sirve para conocer oportunamente los riesgos a que están expuestos los trabajadores, antes de que ocurra un accidente o una enfermedad de trabajo, que pueda provocar una lesión o la pérdida de la salud del trabajador.
La supervisión debe hacerse, de acuerdo con las necesidades, en forma periódica (diaria, semanal o por lo menos mensual) y siguiendo una guía que contenga los puntos por comprobar, que debe complementarse con la observación de otros detalles importantes de seguridad.
En esta actividad, las Comisiones de Seguridad e Higiene deben apoyar a las autoridades, para que se dé cumplimiento a la normatividad. 

El orden y la limpieza en la prevención de los riesgos de trabajo, son de gran importancia, ya que la falta de los mismos en los centros laborales son las causas de un gran número de accidentes, especialmente en: incendios, explosiones, contacto con corriente eléctrica; golpeado por: caídas, resbalones y sobreesfuerzos.
Además, con el orden, la limpieza y la prevención de riesgos de trabajo, se obtiene un ambiente más agradable para el desarrollo de las actividades laborales.
 Y  Medio Ambiente de Trabajo, establece que los patrones tienen la obligación de proveer el equipo de protección personal necesario para proteger la integridad física, la salud y la vida de los trabajadores; que éstos deben usarlo invariablemente en los casos en que se requiera, y que para su selección, los empleadores deben realizar un análisis de los riesgos a los que aquéllos se exponen.
Las Comisiones de Seguridad e Higiene deberán vigilar:
  1. Que el equipo de protección personal se seleccione de acuerdo con los riesgos a que estarán expuestos los trabajadores.
  2. Que el equipo sea facilitado siempre que se requiera.
  3. Que el equipo se mantenga en óptimas condiciones higiénicas y de funcionamiento; y
  4. Que sea utilizado por los trabajadores en forma adecuada y correcta.
Las propias Comisiones de Seguridad e Higiene reportarán a los patrones y a las autoridades del trabajo, cualquier falla en el cumplimiento de estas disposiciones.
  
El equipo de protección personal más usado para seguridad, por región anatómica, es:
a) Protección de la cabeza
  • Casco de seguridad, de diseño y características adecuadas.
b) Protección de la cara y los ojos
  • Caretas, pantallas o cualquier otro equipo de protección contra radiaciones luminosas más intensas de lo normal, infrarrojas y ultravioletas, así como contra cualquier agente mecánico.

c) Protección del cuerpo y de los miembros
  • Guantes, guanteletes, mitones, mangas y cualquier otro equipo semejante, construido y diseñado de tal manera que permita los movimientos de manos y dedos, y que pueda quitarse fácil y rápidamente.
  • Polainas construidas con materiales de acuerdo con el tipo de riesgo, que puedan quitarse rápidamente en caso de emergencia.
  • Calzado de seguridad.
  • Mandiles y delantales construidos con materiales adecuados al trabajo y tipo de riesgo de que se trate.
  • Cinturones de seguridad o arneses; cuerdas de suspensión o líneas de vida y equipos de protección semejante.


Riesgos de Trabajo:
"Son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo”



Accidente de Trabajo:
"Es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.
Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél.

Los accidentes de trabajo no solamente ocurren en el local cerrado de la fábrica o negociación, sino también en cualquier otro lugar, incluyendo la vía pública que use el trabajador para realizar una labor de la empresa, así como cualquier medio de transporte que utilice para ir de su domicilio al centro de trabajo y de éste a aquél.
Se les llama tipo o mecanismo de accidente de trabajo a las formas según las cuales se realiza el contacto entre los trabajadores y el elemento que provoca la lesión o la muerte.
Los más frecuentes, son:
  • Golpeado por o contra...
  • Atrapado por o entre...
  • Caída en el mismo nivel
  • Caída a diferente nivel
  • Al resbalar o por sobre esfuerzo
  • Exposición a temperaturas extremas
  • Contacto con corriente eléctrica
  • Contacto con objetos o superficies con temperaturas muy elevadas que puedan producir quemaduras
  • Contacto con sustancias nocivas, tóxicas, cáusticas o de otra naturaleza, que provoquen daños en la piel o en las membranas mucosas, o bien se introduzcan en el organismo a través de las vías respiratorias, digestiva o por la piel y que den lugar a intoxicaciones agudas o muerte
  • Asfixia por inmersión (ahogados)
  • Mordedura o picadura de animales
El responsable de dar aviso sobre los accidentes de trabajo es el patrón.
    1. Nombre y domicilio de la empresa;
    2. Nombre y domicilio del trabajador, así como su puesto o categoría y el monto de su salario;
    3. Lugar y hora del accidente, con expresión sucinta de los hechos;
    4. Nombre y domicilio de las personas que presenciaron el accidente; y
Lugar en que se presta o haya prestado atención médica al accidentado."

CONCEPTOS BÁSICOS DE HIGIENE EN EL TRABAJO


Higiene en el Trabajo: es la disciplina dirigida al reconocimiento, evaluación y control de los agentes a que están expuestos los trabajadores en su centro laboral y que pueden causar una enfermedad de trabajo.
La Higiene en el Trabajo abarca:
El trabajador con sus características biopsicosociales, y su relación con el medio ambiente laboral.
Los agentes que pueden producir enfermedades de trabajo, son:
  • Físicos
  • Químicos
  • Biológicos
  • Psicosociales
  • Ergonómicos
A) AGENTES FÍSICOS:
Es todo estado energético agresivo que tiene lugar en el medio ambiente. Los más notables, son los que se relacionan con ruido, vibraciones, calor, frío, iluminación, ventilación, presiones anormales, radiaciones, etc. Para cualquiera de estos contaminantes físicos puede existir una vía de entrada específica o genérica, ya que sus efectos son debidos a cambios energéticos que pueden actuar sobre órganos concretos.


B) AGENTES QUÍMICOS:
Es toda sustancia natural o sintética, que durante la fabricación, manejo, transporte, almacenamiento o uso, pueda contaminar el ambiente (en forma de polvo, humo, gas, vapor, neblinas y rocío) y producir efectos irritantes, corrosivos, explosivos, tóxicos e inflamables, con probabilidades de alterar la salud de las personas que entran en contacto con ellas.


C) AGENTES BIOLÓGICOS:
Son todos aquellos organismos vivos y sustancias derivadas de los mismos, presentes en el puesto de trabajo, que pueden ser susceptibles de provocar efectos negativos en la salud de los trabajadores. Estos efectos negativos se pueden concretar en procesos infecciosos, tóxicos o alérgicos.


D) AGENTES PSICOSOCIALES:
Son las situaciones que ocasionan insatisfacción laboral o fatiga y que influyen negativamente en el estado anímico de las personas.




E) AGENTES ERGONÓMICOS:
Es la falta de adecuación de la maquinaria y elementos de trabajo a las condiciones físicas del hombre, que pueden ocasionar fatiga muscular o enfermedad de trabajo.

Para que los trabajadores puedan ayudar a prevenir las enfermedades, deben:
  1. Conocer las características de cada uno de los contaminantes y las medidas para prevenir su acción.
  2. Vigilar el tiempo máximo a que pueden estar expuestos a cierto tipo de contaminante.
  3. Vigilar y participar para mantener ordenado y limpio su lugar de trabajo.
  4. Informar al patrón sobre las condiciones anormales en el trabajo y en su organismo.
  5. Usar adecuadamente el equipo de protección personal.
  6. Someterse a exámenes médicos iniciales y periódicos.


ENFERMEDAD DE TRABAJO:
"Todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.
Los factores a considerar en relación al agente en las enfermedades de trabajo, son:
  1. Tipo del agente causal.
  2. La forma de entrada o vía de introducción del agente contaminante en el organismo humano.
  3. Intensidad del contacto o acción continuada por períodos prolongados.
  4. Toxicidad, virulencia o grado de intensidad, según se trate de agentes químicos, biológicos, físicos o psicosociales, respectivamente.

Las vías más comunes por donde entran al cuerpo los agentes químicos y biológicos, son:
  1. La vía respiratoria: A ésta corresponde la mayoría de las enfermedades causadas por este tipo de agentes, lo que resulta fácil de comprender si consideramos que los mismos se mezclan con el aire que respiramos y que al realizar un esfuerzo, como es el trabajo, la función respiratoria aumenta.
  2. La vía cutánea (piel): Es frecuente por las sustancias irritantes, solventes, etc., que provocan daños a la piel y que por otra parte, facilitan la entrada de otros agentes.
  3. Por ingestión: Las enfermedades que se producen por esta vía se deben básicamente a la falta de conocimientos y de hábitos de higiene. Es importante que los trabajadores sepan que no deben comer en los sitios de trabajo, a excepción de los lugares autorizados para ello, y también que es necesario lavarse las manos antes de tomar alimentos y después de ir al baño.
Los factores a considerar en el individuo para detectar enfermedades de trabajo, son:
  1. El tiempo y frecuencia de la exposición del trabajador al agente físico, químico, biológico, psicosocial o ergonómico.
  2. Las características de la exposición.
  3. La resistencia o propensión que tenga el propio trabajador a contraer la enfermedad.
  4. El uso adecuado o inadecuado que haga el trabajador del equipo de protección personal.
Las enfermedades de trabajo más comunes son las que resultan de la exposición a polvos, humos, vapores o gases, otras sustancias químicas y al ruido excesivo.
Las principales enfermedades causadas por la exposición a polvos, gases, humos o vapores, son:
  1. Las intoxicaciones agudas y crónicas.
  2. Enfermedades respiratorias: bronquitis, neumoconiosis, etc.
  3. Dermatitis de tipo irritativo o corrosivo, o lesiones de este tipo en ojos y mucosa bucal o nasal, entre otros.
Para prevenir estas enfermedades, se necesita:
  1. Eliminar o controlar las sustancias que contaminen el ambiente de trabajo.
  2. Limitar el tiempo de exposición del trabajador a la sustancia contaminante, y proveerlo, como último recurso, del equipo de protección adecuado.
  3. Mantener una vigilancia constante de los trabajadores, mediante los exámenes médicos periódicos.
La exposición al ruido excesivo es susceptible de producir, primero fatiga, y después, disminución en la capacidad auditiva, que puede llegar hasta la sordera total.
  1. La prevención de estas enfermedades se logra mediante el control del ruido excesivo, a través de medidas preventivas en la fuente, confinamiento o aislamiento de la misma, o protección de los trabajadores.
  2. La vigilancia de la salud de los trabajadores por medio de exámenes médicos periódicos.
La responsabilidad de la investigación de las causas de las enfermedades de trabajo corresponde al patrón, quien junto con las Comisiones de Seguridad e Higiene, deberá detectar el problema y proponer las medidas más convenientes.
El equipo de protección personal más usado para higiene, consiste en:
  1. a) Conchas acústicas o tapones para protección al ruido.
  2. b) Anteojos, gafas, lentes y visores, como protección a impactos por partículas o exposición a radiaciones lumínicas potencialmente nocivas.
  3. c) Equipo de protección respiratoria contra polvos, vapores, gases, neblinas, etc.
  4. d) Ropa protectora, guantes, mandiles, botas, etc., que eviten el contacto de la piel con agentes químicos.
  5. e) Gorras, cofias, redes, turbantes o cualquier otro medio de protección equivalente, bien ajustado y de material de fácil aseo.

Cabe destacar dos aspectos importantes en relación con el equipo de protección personal:
  1. Debe ser el adecuado a las características del trabajador y al agente al que está expuesto.
  2. No sustituye a las medidas de control del ambiente de trabajo, ni a la vigilancia médica de la salud de los trabajadores.
Los patrones, trabajadores y la Comisión pueden acudir a diferentes especialistas en la materia, del sector oficial o del privado, para recibir asesoría en la aplicación de la normatividad y de las medidas preventivas.

                     
IV. IMPORTANCIA DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE
La Comisión de Seguridad e Higiene es el organismo por el cual el patrón puede conocer las desviaciones de seguridad e higiene en los siguientes aspectos:
  • Cumplimiento de la normatividad en seguridad e higiene.
  • Mantenimiento de las instalaciones y maquinaria.
  • Aplicación de políticas de seguridad e higiene.
  • Participación de mandos medios.
  • Aplicación del programa preventivo de seguridad e higiene.
  • Efectividad de la capacitación en seguridad e higiene.
  • Eficiencia de los sistemas de información al trabajador.
  • Manejo adecuado del equipo de protección personal.
  • Evolución de los costos directos e indirectos originados por los riesgos de trabajo.
El trabajador puede:
  • Denunciar las desviaciones a la normatividad en seguridad, higiene y ecología.
  • Proponer mejoras a los procesos de trabajo.
  • Participar en las actividades de seguridad e higiene.
El sindicato puede:
  • Vigilar el cumplimiento de los derechos de los trabajadores en el campo de la seguridad e higiene.
Las autoridades laborales pueden:
  • Percatarse, a través de las actas de la Comisión, de los riesgos mayores que están presentes en las empresas y adecuar las acciones correspondientes con mayor efectividad.
PRINCIPALES COSTOS DE LOS ACCIDENTES Y ENFERMEDADES DE TRABAJO.
COSTOS DIRECTOS:
  • Asistencia médica y quirúrgica
  • Rehabilitación
  • Hospitalización
  • Medicamentos y materiales de curación
  • Aparatos de prótesis y órtesis
  • Indemnizaciones:
    • Incapacidades (parciales, temporales y permanentes)
    • Ayudas y pensiones
COSTOS INDIRECTOS:
  • Daños a la maquinaria
  • Pérdida de productos, materia prima y energía
  • Horas-hombre no utilizadas
  • Capacitación y adiestramiento
COSTOS SOCIALES:
  • Ruptura familiar
  • Desempleo y subempleo
  • Alteración comunitaria
  • Adaptación de instalaciones

    V.            FUNDAMENTOS LEGALES DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD


La regulación en materia de higiene y seguridad industrial, surge como una necesidad de norma a lo concerniente a los riesgos y accidentes de empresa. En Venezuela la seguridad social y salud laboral comprende un conjunto de medidas de prevención ejercido por determinados organismos e instituciones oficiales dirigidos a cubrir las contingencias que pudieran afectar a los trabajadores. Entre las instituciones oficiales dedicadas a esta área están:

·         La constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (Art. 83), establece que la salud es un derecho fundamental.
·         INPSASEL.
·         LOPCYMAT
·         COVENIN
·         Ley Orgánica del Trabajo
    


(LOPCYMAT) Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo

Con la aprobación de la reforma de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat), publicada en Gaceta Oficial número 38.236, de fecha 26 de julio de 2005, se abre una nueva página en la larga historia de lucha de los trabajadores, que marcará el futuro de la salud y la seguridad laboral en Venezuela.
Esta Ley que promueve la implementación del Régimen de Seguridad y Salud en el Trabajo, en el marco del nuevo Sistema Seguridad Social, abarca la promoción de la salud de los trabajadores, la prevención de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, la atención, rehabilitación y reinserción de los trabajadores y establece las prestaciones dinerarias que correspondan por los daños que ocasionen enfermedades ocupacionales y accidentes de trabajo.
El Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social y el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, asumen el compromiso de vigilar el cumplimiento de las condiciones de seguridad, salud y bienestar para promover un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de las facultades físicas y mentales de los trabajadores y trabajadoras, mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, y la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.
Objeto de esta Ley
Artículo 1. El objeto de la presente Ley es:
  1. Establecer las instituciones, normas y lineamientos de las políticas, y los órganos y entes que permitan garantizar a los trabajadores y trabajadoras, condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales, mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, la reparación integral del daño sufrido y la promoción e incentivo al desarrollo de programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.
  2. Regular los derechos y deberes de los trabajadores y trabajadoras, y de los empleadores y empleadoras, en relación con la seguridad, salud y ambiente de trabajo; así como lo relativo a la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.
  3. Desarrollar lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo establecido en la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social.
  4. Establecer las sanciones por el incumplimiento de la normativa.
  5. Normar las prestaciones derivadas de la subrogación por el Sistema de Seguridad Social de la responsabilidad material y objetiva de los empleadores y empleadoras ante la ocurrencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional.
  6. Regular la responsabilidad del empleador y de la empleadora, y sus representantes ante la ocurrencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional cuando existiere dolo o negligencia de su parte.
COVENIN

La Comisión Venezolana de Normas Industriales (COVENIN), es un organismo creado en el año 1958, mediante Decreto Presidencial No. 501 y cuya misión es planificar, coordinar y llevar adelante las actividades de Normalización y Certificación de Calidad en el país, al mismo tiempo que sirve al Estado Venezolano y al Ministerio de Producción y Comercio en particular, como órgano asesor en estas materias.

Las Normas Venezolanas COVENIN son el resultado de un laborioso proceso que incluye la consulta y estudio de las Normas Internacionales, Nacionales, de asociaciones o empresas relacionadas con la materia, así como investigación a nivel de plantas y/o laboratorios según el caso.      

El estudio de las normas venezolanas está a cargo de un Sub-Comité técnico especializado, adscrito a su vez a un comité técnico de Normalización. La elaboración de las normas es coordinada por técnicos de la dirección de normalización y Certificación de Calidad del Ministerio de Producción y Comercio y participan técnicos de las empresas productoras o de servicio al cual ellas se refieren así como representantes de organismos públicos y privados, institutos de investigación, universidades y de los consumidores.         

A lo largo de su estudio, la Norma pasa por diversas etapas de desarrollo: la primera de ellas consiste en la elaboración de un Esquema (primer papel de trabajo), el cual luego de ser aprobado pasa a un periodo de consulta pública (Discusión Pública) alcanzando luego una etapa final en la cual como proyecto es sometido a la consideración de la Comisión Venezolana de Normas Industriales (COVENIN), para su aprobación como Norma Venezolana COVENIN.   

Las normas son aprobadas por consenso entre estas personas, lo cual es indispensable en todo proceso de Normalización, para que las mismas sean verdaderos instrumentos técnicos que beneficien al mayor número de personas y entidades. En términos generales, las Normas son el resultado de un esfuerzo conjunto debidamente canalizado, que persigue como objetivos principales los siguientes:
 1. Ofrecer a la comunidad nacional la posibilidad de obtener el máximo 
     rendimiento de los bienes o servicios que requiere, ya sea para su uso
     personal o para el bienestar colectivo.     
 2. Asegurar la calidad del producto que se fabrica o de los servicios a
     prestar.      
 3. Proporcionar beneficios tangibles a las empresas productoras




INPSASEL
El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, es un organismo autónomo adscrito al Ministerio del Trabajo de Venezuela, creado según lo establecido en el artículo 12 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, promulgada en el año 1986. En mayo de 2002 el Instituto, recibe apoyo del Ejecutivo Nacional, para lo cual, se procede al nombramiento de un nuevo presidente del organismo, y se da inicio al proceso de reactivación de la salud ocupacional en Venezuela; acción de desarrollo institucional que permitirá el diseño y ejecución de la política nacional en materia de prevención, salud y seguridad laborales y la construcción de un sistema público de inspección y vigilancia de condiciones de trabajo y salud de los trabajadores y trabajadoras, con un criterio integral acorde con las exigencias del mundo laboral actual para el control y prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales enmarcado dentro del Sistema de Seguridad Social Venezolano que actualmente se diseña.


Misión.
Institución comprometida con el diseño y la ejecución de la política nacional en materia de promoción, prevención y atención de la salud y la seguridad laboral, garantizando el cumplimiento de la normativa legal en el área, así como, óptimas condiciones de trabajo a todos los trabajadores y trabajadoras.
Visión.
El Instituto estará orientado a ser una Institución Científica Técnica del Estado Venezolano, especializado en la prevención de riesgos y el análisis de las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo, reconocido por su capacidad técnica y calidad de servicio de sus empleados

Funciones Generales.
  • Vigilar y fiscalizar el cumplimiento de las normas
  • Prestar asistencia técnica a empleadores y trabajadores
  • Substanciar informes técnicos
  • Promoción, educación e investigación en materia de salud ocupacional
Funciones asignadas por la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y la Ley de Sistema de Seguridad Social.
  • Ejecutar la Política Nacional en materia de Prevención, Salud y Seguridad en el Trabajo
  • Asesorar a empleadores y trabajadores en el área de la salud ocupacional
  • Dictar las Normas Técnicas que regulan la materia
  • Aplicar las sanciones a los que violen la Ley en esta materia
  • Gestionar el nuevo régimen de Seguridad y Salud en el Trabajo

 CONCLUSION


Mediante la realización del presente trabajo, he llegado a las siguientes conclusiones

El objetivo que persigue la seguridad industrial es mantener unos niveles elevados de la calidad de vida dentro del ambiente laboral, garantizando la seguridad y la vida misma del personal que ahí labora. Esto se obtiene por medio de una eficiente gerencia por parte del área de recursos humanos dentro de las organizaciones, tomando como principio la prevención de los accidentes en el trabajo, los cuales se producen como consecuencia de las actividades de producción.

La mayor garantía de seguridad posible dentro de un campo laboral determinado garantiza mantener tendencias de producción y calidad elevadas lo cual me ubicara en un estatus competitivo a nivel de mercado y de posesión de un recurso humano capaz y seguro y a su vez servir de ejemplo para otras organizaciones.

Por lo tanto una organización u empresa que no atienda sus necesidades prioritarias de seguridad e higiene no se puede definir como una empresa eficientemente productiva.


En conclusión para que las organizaciones puedan lograr todas sus metas y objetivos tanto generales como específicos y a niveles individuales y organizacionales de lo que se ha planificado debe poseer un programa de seguridad excelente para garantizar así los niveles más relevantes para el recurso humano, que hace posible el logro y la eficiencia de los intereses organizacionales así como financieros y socio culturales.

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