REPUBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO PARA EL
PODER POPULAR DE EDUCACION
NUCLEO UPEL-EL
MACARO
FUNDACAPI
FUNDACAPI
MARACAY EDO ARAGUA
INTRODUCCIÓN
En la actualidad,
el avance tecnológico y la incorporación de múltiples productos químicos en los
procesos de trabajo han dado lugar a que la seguridad e higiene laboral
adquiera cada vez mayor importancia, fundamentalmente, en la preservación de la
salud de los trabajadores, pero también en la búsqueda de que las empresas sean
cada vez más productivas.
Como consecuencia,
la participación de los patrones y los trabajadores es determinante para
estructurar y ejecutar medidas preventivas, acorde a las situaciones de riesgo
en los centros de trabajo. Con el propósito de garantizar esta participación,
se han establecido las Comisiones de Seguridad e Higiene en el Trabajo,
organismos que se encargan de vigilar el cumplimiento de la normatividad en
este campo y de promover la mejoría de las condiciones en las que se
desarrollan las actividades laborales.
Es preocupación de
toda empresa, la salud física y mental de sus trabajadores para lograr la
armonía laboral y productividad, mediante el respeto de todas las disposiciones
legales que en materia de seguridad e higiene contempla la Ley.
La formación de
las comisiones y comités de seguridad e higiene y Ergonomía, contribuyen
grandemente a disminuir el índice de siniestralidad, a eficiente los recursos
de la empresa logrando de sus empleados la iniciativa, creatividad y área de
trabajo acorde a sus necesidades
La Secretaría del
Trabajo y Previsión Social, a través de la Dirección General de Seguridad e
Higiene en el Trabajo, aplica el Programa de Autogestión de Seguridad e Higiene
en el Trabajo, que comprende dos vertientes: la de Programas Preventivos en la
materia y la de Consolidación Operativa de las Comisiones de Seguridad e
Higiene. Este documento constituye el elemento fundamental sobre el cual se
realizan los Talleres de Asistencia Técnica para esta última estrategia.
Asimismo, está
dirigido a proporcionar los conocimientos básicos para poder participar en el
Taller correspondiente, cuyo propósito es que los integrantes de estos organismos
puedan investigar las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo, así
como proponer medidas preventivas y realizar su seguimiento.
BÁSICOS DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Seguridad en el
Trabajo es el conjunto de acciones
que permiten localizar y evaluar los riesgos, y establecer las medidas para
prevenir los accidentes de trabajo.
La seguridad en el
trabajo es responsabilidad compartida tanto de las autoridades como de
empleadores y trabajadores.
Cuando se
presenta un accidente en la empresa intervienen varios factores como causas
directas o inmediatas de los mismos. Estos pueden clasificarse en dos grupos:
a) Condiciones Inseguras:
|
Se refieren al grado de
inseguridad que pueden tener los locales, la maquinaria, los equipos, las
herramientas y los puntos de operación.
|
b) Actos Inseguros:
|
Es la causa humana que
actualiza la situación de riesgo para que se produzca el accidente. Esta
acción lleva aparejado el incumplimiento de un método o norma de seguridad,
explícita o implícita, que provoca dicho accidente.
|
Las condiciones
inseguras más frecuentes, son:
- Estructuras
o instalaciones de los edificios y locales deteriorados, impropiamente
diseñadas, construidas o instaladas.
- Falta
de medidas de prevención y protección contra incendios.
- Instalaciones
en la maquinaria o equipo impropiamente diseñadas, construidas, armadas o
en mal estado de mantenimiento.
- Protección
inadecuada, deficiente o inexistente en la maquinaria, en el equipo o en
las instalaciones.
- Herramientas
manuales, eléctricas, neumáticas y portátiles, defectuosas o inadecuadas.
- Equipo
de protección personal defectuoso, inadecuado o faltante.
- Falta
de orden y limpieza.
- Avisos
o señales de seguridad e higiene insuficientes, faltantes o inadecuadas.
Los actos
inseguros más frecuentes que los trabajadores realizan en el desempeño de sus
labores, son:
- Llevar
a cabo operaciones sin previo adiestramiento.
- Operar
equipos sin autorización.
- Ejecutar
el trabajo a velocidad no indicada.
- Bloquear
o quitar dispositivos de seguridad.
- Limpiar,
engrasar o reparar maquinaria cuando se encuentra en movimiento.
- Realizar
acciones de mantenimiento en líneas de energía viva, sin bloqueo.
- Viajar
sin autorización en vehículos o mecanismos.
- Transitar
por áreas peligrosas.
- Sobrecargar
plataformas, carros, montacargas, etc.
- Usar
herramientas inadecuadas.
- Trabajar
sin protección en lugares peligrosos.
- No usar
el equipo de protección indicado.
- Hacer
bromas en el sitio de trabajo.
Los factores
que pueden propiciar la ocurrencia de la condición o del acto inseguro, como
causas indirectas o mediatas de los accidentes, son:
- La
falta de capacitación y adiestramiento para el puesto de trabajo, el
desconocimiento de las medidas preventivas de accidentes laborales, la
carencia de hábitos de seguridad en el trabajo, problemas psicosociales y
familiares, así como conflictos interpersonales con los compañeros y
jefes.
- Características
personales: la confianza excesiva, la actitud de incumplimiento a normas y
procedimientos de trabajo establecidos como seguros, los atavismos y
creencias erróneas acerca de los accidentes, la irresponsabilidad, la
fatiga y la disminución, por cualquier motivo, de la habilidad en el
trabajo.
LOS CONTROLES
DE SEGURIDAD QUE DEBEN CONSIDERARSE EN LOS CENTROS DE TRABAJO, SON:
A) CONTROLES DE
INGENIERÍA:
- Diseño
de procesos con seguridad.
- Aislamiento
por sistemas cerrados.
- Sistemas
de extracción y humidificación.
- Protecciones
en los puntos de operación y mecanismos de transmisión.
- Diseños
ergonómicos.
B) CONTROLES
ADMINISTRATIVOS:
- Supervisión.
- Rotación
de personal.
- Descansos
periódicos.
- Disminución
del tiempo de exposición.
C) EQUIPO DE
PROTECCIÓN PERSONAL:
- Caretas.
- Mandiles.
- Mascarillas.
- Guantes.
- Zapatos
de seguridad, etc.
La supervisión,
como una actividad planeada, sirve para conocer oportunamente los riesgos a que
están expuestos los trabajadores, antes de que ocurra un accidente o una
enfermedad de trabajo, que pueda provocar una lesión o la pérdida de la salud
del trabajador.
La supervisión
debe hacerse, de acuerdo con las necesidades, en forma periódica (diaria,
semanal o por lo menos mensual) y siguiendo una guía que contenga los puntos
por comprobar, que debe complementarse con la observación de otros detalles
importantes de seguridad.
En esta actividad,
las Comisiones de Seguridad e Higiene deben apoyar a las autoridades, para que
se dé cumplimiento a la normatividad.
El orden y la
limpieza en la prevención de los riesgos de trabajo, son de gran importancia,
ya que la falta de los mismos en los centros laborales son las causas de un
gran número de accidentes, especialmente en: incendios, explosiones, contacto
con corriente eléctrica; golpeado por: caídas, resbalones y sobreesfuerzos.
Además, con el
orden, la limpieza y la prevención de riesgos de trabajo, se obtiene un
ambiente más agradable para el desarrollo de las actividades laborales.
Y Medio
Ambiente de Trabajo, establece que los patrones tienen la obligación de proveer
el equipo de protección personal necesario para proteger la integridad física,
la salud y la vida de los trabajadores; que éstos deben usarlo invariablemente
en los casos en que se requiera, y que para su selección, los empleadores deben
realizar un análisis de los riesgos a los que aquéllos se exponen.
Las Comisiones
de Seguridad e Higiene deberán vigilar:
- Que el
equipo de protección personal se seleccione de acuerdo con los riesgos a
que estarán expuestos los trabajadores.
- Que el
equipo sea facilitado siempre que se requiera.
- Que el
equipo se mantenga en óptimas condiciones higiénicas y de funcionamiento;
y
- Que sea
utilizado por los trabajadores en forma adecuada y correcta.
Las propias
Comisiones de Seguridad e Higiene reportarán a los patrones y a las autoridades
del trabajo, cualquier falla en el cumplimiento de estas disposiciones.
El equipo de
protección personal más usado para seguridad, por región anatómica, es:
a) Protección
de la cabeza
- Casco
de seguridad, de diseño y características adecuadas.
b) Protección
de la cara y los ojos
- Caretas,
pantallas o cualquier otro equipo de protección contra radiaciones
luminosas más intensas de lo normal, infrarrojas y ultravioletas, así como
contra cualquier agente mecánico.
c) Protección
del cuerpo y de los miembros
- Guantes,
guanteletes, mitones, mangas y cualquier otro equipo semejante, construido
y diseñado de tal manera que permita los movimientos de manos y dedos, y
que pueda quitarse fácil y rápidamente.
- Polainas
construidas con materiales de acuerdo con el tipo de riesgo, que puedan
quitarse rápidamente en caso de emergencia.
- Calzado
de seguridad.
- Mandiles
y delantales construidos con materiales adecuados al trabajo y tipo de
riesgo de que se trate.
- Cinturones
de seguridad o arneses; cuerdas de suspensión o líneas de vida y equipos
de protección semejante.
Riesgos de Trabajo:
|
"Son los accidentes y
enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo
del trabajo”
|
|
Accidente de Trabajo:
|
"Es toda lesión orgánica o
perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida
repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean
el lugar y el tiempo en que se preste.
Quedan incluidos
en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el
trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a
aquél.
|
Los accidentes de
trabajo no solamente ocurren en el local cerrado de la fábrica o negociación,
sino también en cualquier otro lugar, incluyendo la vía pública que use el
trabajador para realizar una labor de la empresa, así como cualquier medio de
transporte que utilice para ir de su domicilio al centro de trabajo y de éste a
aquél.
Se les llama tipo
o mecanismo de accidente de trabajo a las formas según las cuales se
realiza el contacto entre los trabajadores y el elemento que provoca la lesión
o la muerte.
Los más
frecuentes, son:
- Golpeado
por o contra...
- Atrapado
por o entre...
- Caída
en el mismo nivel
- Caída
a diferente nivel
- Al
resbalar o por sobre esfuerzo
- Exposición
a temperaturas extremas
- Contacto
con corriente eléctrica
- Contacto
con objetos o superficies con temperaturas muy elevadas que puedan
producir quemaduras
- Contacto
con sustancias nocivas, tóxicas, cáusticas o de otra naturaleza, que
provoquen daños en la piel o en las membranas mucosas, o bien se
introduzcan en el organismo a través de las vías respiratorias, digestiva
o por la piel y que den lugar a intoxicaciones agudas o muerte
- Asfixia
por inmersión (ahogados)
- Mordedura
o picadura de animales
El responsable de
dar aviso sobre los accidentes de trabajo es el patrón.
- Nombre
y domicilio de la empresa;
- Nombre
y domicilio del trabajador, así como su puesto o categoría y el monto de
su salario;
- Lugar
y hora del accidente, con expresión sucinta de los hechos;
- Nombre
y domicilio de las personas que presenciaron el accidente; y
Lugar
en que se presta o haya prestado atención médica al accidentado."
CONCEPTOS
BÁSICOS DE HIGIENE EN EL TRABAJO
Higiene en el
Trabajo: es la disciplina dirigida al
reconocimiento, evaluación y control de los agentes a que están expuestos los
trabajadores en su centro laboral y que pueden causar una enfermedad de
trabajo.
La Higiene en
el Trabajo abarca:
El trabajador con
sus características biopsicosociales, y su relación con el medio ambiente
laboral.
Los agentes que
pueden producir enfermedades de trabajo, son:
- Físicos
- Químicos
- Biológicos
- Psicosociales
- Ergonómicos
A) AGENTES FÍSICOS:
|
Es todo estado energético
agresivo que tiene lugar en el medio ambiente. Los más notables, son los que
se relacionan con ruido, vibraciones, calor, frío, iluminación, ventilación,
presiones anormales, radiaciones, etc. Para cualquiera de estos contaminantes
físicos puede existir una vía de entrada específica o genérica, ya que sus
efectos son debidos a cambios energéticos que pueden actuar sobre órganos
concretos.
|
|
B) AGENTES QUÍMICOS:
|
Es toda sustancia natural o
sintética, que durante la fabricación, manejo, transporte, almacenamiento o
uso, pueda contaminar el ambiente (en forma de polvo, humo, gas, vapor,
neblinas y rocío) y producir efectos irritantes, corrosivos, explosivos,
tóxicos e inflamables, con probabilidades de alterar la salud de las personas
que entran en contacto con ellas.
|
|
C) AGENTES BIOLÓGICOS:
|
Son todos aquellos organismos
vivos y sustancias derivadas de los mismos, presentes en el puesto de
trabajo, que pueden ser susceptibles de provocar efectos negativos en la
salud de los trabajadores. Estos efectos negativos se pueden concretar en
procesos infecciosos, tóxicos o alérgicos.
|
|
D) AGENTES PSICOSOCIALES:
|
Son las situaciones que
ocasionan insatisfacción laboral o fatiga y que influyen negativamente en el
estado anímico de las personas.
|
|
E) AGENTES ERGONÓMICOS:
|
Es la falta de adecuación de la
maquinaria y elementos de trabajo a las condiciones físicas del hombre, que
pueden ocasionar fatiga muscular o enfermedad de trabajo.
|
Para que los
trabajadores puedan ayudar a prevenir las enfermedades, deben:
- Conocer
las características de cada uno de los contaminantes y las medidas para
prevenir su acción.
- Vigilar
el tiempo máximo a que pueden estar expuestos a cierto tipo de contaminante.
- Vigilar
y participar para mantener ordenado y limpio su lugar de trabajo.
- Informar
al patrón sobre las condiciones anormales en el trabajo y en su organismo.
- Usar
adecuadamente el equipo de protección personal.
- Someterse
a exámenes médicos iniciales y periódicos.
ENFERMEDAD DE TRABAJO:
|
"Todo estado patológico
derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en
el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus
servicios.
|
Los factores a considerar
en relación al agente en las enfermedades de trabajo, son:
- Tipo
del agente causal.
- La
forma de entrada o vía de introducción del agente contaminante en el
organismo humano.
- Intensidad
del contacto o acción continuada por períodos prolongados.
- Toxicidad,
virulencia o grado de intensidad, según se trate de agentes químicos,
biológicos, físicos o psicosociales, respectivamente.
Las vías más
comunes por donde entran al cuerpo los agentes químicos y biológicos, son:
- La vía
respiratoria: A ésta corresponde la mayoría de las enfermedades causadas
por este tipo de agentes, lo que resulta fácil de comprender si
consideramos que los mismos se mezclan con el aire que respiramos y que al
realizar un esfuerzo, como es el trabajo, la función respiratoria aumenta.
- La vía
cutánea (piel): Es frecuente por las sustancias irritantes, solventes,
etc., que provocan daños a la piel y que por otra parte, facilitan la
entrada de otros agentes.
- Por
ingestión: Las enfermedades que se producen por esta vía se deben básicamente
a la falta de conocimientos y de hábitos de higiene. Es importante que los
trabajadores sepan que no deben comer en los sitios de trabajo, a
excepción de los lugares autorizados para ello, y también que es necesario
lavarse las manos antes de tomar alimentos y después de ir al baño.
Los factores a
considerar en el individuo para detectar enfermedades de trabajo, son:
- El
tiempo y frecuencia de la exposición del trabajador al agente físico,
químico, biológico, psicosocial o ergonómico.
- Las
características de la exposición.
- La
resistencia o propensión que tenga el propio trabajador a contraer la
enfermedad.
- El uso
adecuado o inadecuado que haga el trabajador del equipo de protección
personal.
Las enfermedades
de trabajo más comunes son las que resultan de la exposición a polvos, humos,
vapores o gases, otras sustancias químicas y al ruido excesivo.
Las principales
enfermedades causadas por la exposición a polvos, gases, humos o vapores, son:
- Las
intoxicaciones agudas y crónicas.
- Enfermedades
respiratorias: bronquitis, neumoconiosis, etc.
- Dermatitis
de tipo irritativo o corrosivo, o lesiones de este tipo en ojos y mucosa
bucal o nasal, entre otros.
Para prevenir
estas enfermedades, se necesita:
- Eliminar
o controlar las sustancias que contaminen el ambiente de trabajo.
- Limitar
el tiempo de exposición del trabajador a la sustancia contaminante, y
proveerlo, como último recurso, del equipo de protección adecuado.
- Mantener
una vigilancia constante de los trabajadores, mediante los exámenes
médicos periódicos.
La exposición
al ruido excesivo es susceptible de producir, primero fatiga, y después,
disminución en la capacidad auditiva, que puede llegar hasta la sordera total.
- La
prevención de estas enfermedades se logra mediante el control del ruido
excesivo, a través de medidas preventivas en la fuente, confinamiento o
aislamiento de la misma, o protección de los trabajadores.
- La
vigilancia de la salud de los trabajadores por medio de exámenes médicos
periódicos.
La responsabilidad
de la investigación de las causas de las enfermedades de trabajo corresponde al
patrón, quien junto con las Comisiones de Seguridad e Higiene, deberá detectar
el problema y proponer las medidas más convenientes.
El equipo de
protección personal más usado para higiene, consiste en:
- a)
Conchas acústicas o tapones para protección al ruido.
- b)
Anteojos, gafas, lentes y visores, como protección a impactos por
partículas o exposición a radiaciones lumínicas potencialmente nocivas.
- c)
Equipo de protección respiratoria contra polvos, vapores, gases, neblinas,
etc.
- d) Ropa
protectora, guantes, mandiles, botas, etc., que eviten el contacto de la
piel con agentes químicos.
- e)
Gorras, cofias, redes, turbantes o cualquier otro medio de protección
equivalente, bien ajustado y de material de fácil aseo.
Cabe destacar
dos aspectos importantes en relación con el equipo de protección personal:
- Debe
ser el adecuado a las características del trabajador y al agente al que
está expuesto.
- No
sustituye a las medidas de control del ambiente de trabajo, ni a la
vigilancia médica de la salud de los trabajadores.
Los patrones,
trabajadores y la Comisión pueden acudir a diferentes especialistas en la
materia, del sector oficial o del privado, para recibir asesoría en la
aplicación de la normatividad y de las medidas preventivas.
IV. IMPORTANCIA DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE
La Comisión de
Seguridad e Higiene es el organismo por el cual el patrón puede conocer las
desviaciones de seguridad e higiene en los siguientes aspectos:
- Cumplimiento
de la normatividad en seguridad e higiene.
- Mantenimiento
de las instalaciones y maquinaria.
- Aplicación
de políticas de seguridad e higiene.
- Participación
de mandos medios.
- Aplicación
del programa preventivo de seguridad e higiene.
- Efectividad
de la capacitación en seguridad e higiene.
- Eficiencia
de los sistemas de información al trabajador.
- Manejo
adecuado del equipo de protección personal.
- Evolución
de los costos directos e indirectos originados por los riesgos de trabajo.
El trabajador
puede:
- Denunciar
las desviaciones a la normatividad en seguridad, higiene y ecología.
- Proponer
mejoras a los procesos de trabajo.
- Participar
en las actividades de seguridad e higiene.
El sindicato
puede:
- Vigilar
el cumplimiento de los derechos de los trabajadores en el campo de la
seguridad e higiene.
Las autoridades
laborales pueden:
- Percatarse,
a través de las actas de la Comisión, de los riesgos mayores que están
presentes en las empresas y adecuar las acciones correspondientes con
mayor efectividad.
PRINCIPALES
COSTOS DE LOS ACCIDENTES Y ENFERMEDADES DE TRABAJO.
COSTOS
DIRECTOS:
- Asistencia
médica y quirúrgica
- Rehabilitación
- Hospitalización
- Medicamentos
y materiales de curación
- Aparatos
de prótesis y órtesis
- Indemnizaciones:
- Incapacidades
(parciales, temporales y permanentes)
- Ayudas
y pensiones
COSTOS
INDIRECTOS:
- Daños
a la maquinaria
- Pérdida
de productos, materia prima y energía
- Horas-hombre
no utilizadas
- Capacitación
y adiestramiento
COSTOS
SOCIALES:
- Ruptura
familiar
- Desempleo
y subempleo
- Alteración
comunitaria
- Adaptación
de instalaciones
V.
FUNDAMENTOS LEGALES DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD
La regulación en materia de
higiene y seguridad industrial, surge como una necesidad de norma a lo
concerniente a los riesgos y accidentes de empresa. En Venezuela la seguridad
social y salud laboral comprende un conjunto de medidas de prevención ejercido
por determinados organismos e instituciones oficiales dirigidos a cubrir las
contingencias que pudieran afectar a los trabajadores. Entre las instituciones
oficiales dedicadas a esta área están:
·
La constitución de la Republica Bolivariana de
Venezuela (Art. 83), establece que la salud es un derecho fundamental.
·
INPSASEL.
·
LOPCYMAT
·
COVENIN
·
Ley Orgánica del Trabajo
(LOPCYMAT) Ley
Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio
Ambiente de Trabajo
Con la aprobación de la reforma de la Ley Orgánica de
Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat), publicada en
Gaceta Oficial número 38.236, de fecha 26 de julio de 2005, se abre una nueva
página en la larga historia de lucha de los trabajadores, que marcará el futuro
de la salud y la seguridad laboral en Venezuela.
Esta Ley que promueve la implementación del Régimen de
Seguridad y Salud en el Trabajo, en el marco del nuevo Sistema Seguridad
Social, abarca la promoción de la salud de los trabajadores, la prevención de
enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, la atención, rehabilitación
y reinserción de los trabajadores y establece las prestaciones dinerarias que
correspondan por los daños que ocasionen enfermedades ocupacionales y
accidentes de trabajo.
El Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad
Social y el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales,
asumen el compromiso de vigilar el cumplimiento de las condiciones de
seguridad, salud y bienestar para promover un ambiente de trabajo adecuado y
propicio para el ejercicio pleno de las facultades físicas y mentales de los
trabajadores y trabajadoras, mediante la promoción del trabajo seguro y
saludable, y la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades
ocupacionales.
Objeto de esta Ley
Artículo 1. El
objeto de la presente Ley es:
- Establecer
las instituciones, normas y lineamientos de las políticas, y los órganos y
entes que permitan garantizar a los trabajadores y trabajadoras,
condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo
adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y
mentales, mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, la
prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales,
la reparación integral del daño sufrido y la promoción e incentivo al
desarrollo de programas para la recreación, utilización del tiempo libre,
descanso y turismo social.
- Regular
los derechos y deberes de los trabajadores y trabajadoras, y de los
empleadores y empleadoras, en relación con la seguridad, salud y ambiente
de trabajo; así como lo relativo a la recreación, utilización del tiempo
libre, descanso y turismo social.
- Desarrollar
lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y
el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo establecido en
la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social.
- Establecer
las sanciones por el incumplimiento de la normativa.
- Normar
las prestaciones derivadas de la subrogación por el Sistema de Seguridad
Social de la responsabilidad material y objetiva de los empleadores y
empleadoras ante la ocurrencia de un accidente de trabajo o enfermedad
ocupacional.
- Regular
la responsabilidad del empleador y de la empleadora, y sus representantes
ante la ocurrencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional
cuando existiere dolo o negligencia de su parte.
COVENIN
La Comisión Venezolana de
Normas Industriales (COVENIN), es un organismo creado en el año 1958, mediante
Decreto Presidencial No. 501 y cuya misión es planificar, coordinar y llevar
adelante las actividades de Normalización y Certificación de Calidad en el
país, al mismo tiempo que sirve al Estado Venezolano y al Ministerio de
Producción y Comercio en particular, como órgano asesor en estas materias.
Las Normas Venezolanas COVENIN son el resultado de un laborioso proceso que incluye la consulta y estudio de las Normas Internacionales, Nacionales, de asociaciones o empresas relacionadas con la materia, así como investigación a nivel de plantas y/o laboratorios según el caso.
El estudio de las normas venezolanas está a cargo de un Sub-Comité técnico especializado, adscrito a su vez a un comité técnico de Normalización. La elaboración de las normas es coordinada por técnicos de la dirección de normalización y Certificación de Calidad del Ministerio de Producción y Comercio y participan técnicos de las empresas productoras o de servicio al cual ellas se refieren así como representantes de organismos públicos y privados, institutos de investigación, universidades y de los consumidores.
A lo largo de su estudio, la Norma pasa por diversas etapas de desarrollo: la primera de ellas consiste en la elaboración de un Esquema (primer papel de trabajo), el cual luego de ser aprobado pasa a un periodo de consulta pública (Discusión Pública) alcanzando luego una etapa final en la cual como proyecto es sometido a la consideración de la Comisión Venezolana de Normas Industriales (COVENIN), para su aprobación como Norma Venezolana COVENIN.
Las normas son aprobadas por consenso entre estas personas, lo cual es indispensable en todo proceso de Normalización, para que las mismas sean verdaderos instrumentos técnicos que beneficien al mayor número de personas y entidades. En términos generales, las Normas son el resultado de un esfuerzo conjunto debidamente canalizado, que persigue como objetivos principales los siguientes:
Las Normas Venezolanas COVENIN son el resultado de un laborioso proceso que incluye la consulta y estudio de las Normas Internacionales, Nacionales, de asociaciones o empresas relacionadas con la materia, así como investigación a nivel de plantas y/o laboratorios según el caso.
El estudio de las normas venezolanas está a cargo de un Sub-Comité técnico especializado, adscrito a su vez a un comité técnico de Normalización. La elaboración de las normas es coordinada por técnicos de la dirección de normalización y Certificación de Calidad del Ministerio de Producción y Comercio y participan técnicos de las empresas productoras o de servicio al cual ellas se refieren así como representantes de organismos públicos y privados, institutos de investigación, universidades y de los consumidores.
A lo largo de su estudio, la Norma pasa por diversas etapas de desarrollo: la primera de ellas consiste en la elaboración de un Esquema (primer papel de trabajo), el cual luego de ser aprobado pasa a un periodo de consulta pública (Discusión Pública) alcanzando luego una etapa final en la cual como proyecto es sometido a la consideración de la Comisión Venezolana de Normas Industriales (COVENIN), para su aprobación como Norma Venezolana COVENIN.
Las normas son aprobadas por consenso entre estas personas, lo cual es indispensable en todo proceso de Normalización, para que las mismas sean verdaderos instrumentos técnicos que beneficien al mayor número de personas y entidades. En términos generales, las Normas son el resultado de un esfuerzo conjunto debidamente canalizado, que persigue como objetivos principales los siguientes:
1. Ofrecer a la
comunidad nacional la posibilidad de obtener el máximo
rendimiento de los bienes o servicios que requiere, ya sea para su uso
personal o para el bienestar colectivo.
2. Asegurar la calidad del producto que se fabrica o de los servicios a
prestar.
3. Proporcionar beneficios tangibles a las empresas productoras
rendimiento de los bienes o servicios que requiere, ya sea para su uso
personal o para el bienestar colectivo.
2. Asegurar la calidad del producto que se fabrica o de los servicios a
prestar.
3. Proporcionar beneficios tangibles a las empresas productoras
INPSASEL
El Instituto Nacional de Prevención, Salud y
Seguridad Laborales, es un organismo autónomo adscrito al Ministerio
del Trabajo de Venezuela, creado según lo establecido en el artículo 12 de la
Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, promulgada
en el año 1986. En mayo de 2002 el Instituto, recibe apoyo del Ejecutivo
Nacional, para lo cual, se procede al nombramiento de un nuevo presidente del
organismo, y se da inicio al proceso de reactivación de la salud ocupacional en
Venezuela; acción de desarrollo institucional que permitirá el diseño y
ejecución de la política nacional en materia de prevención, salud y seguridad
laborales y la construcción de un sistema público de inspección y vigilancia de
condiciones de trabajo y salud de los trabajadores y trabajadoras, con un
criterio integral acorde con las exigencias del mundo laboral actual para el
control y prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales enmarcado
dentro del Sistema de Seguridad Social Venezolano que actualmente se diseña.
Misión.
Institución comprometida con el diseño y la ejecución de la política nacional en materia de promoción, prevención y atención de la salud y la seguridad laboral, garantizando el cumplimiento de la normativa legal en el área, así como, óptimas condiciones de trabajo a todos los trabajadores y trabajadoras.
Institución comprometida con el diseño y la ejecución de la política nacional en materia de promoción, prevención y atención de la salud y la seguridad laboral, garantizando el cumplimiento de la normativa legal en el área, así como, óptimas condiciones de trabajo a todos los trabajadores y trabajadoras.
Visión.
El Instituto estará orientado a ser una Institución Científica Técnica del Estado Venezolano, especializado en la prevención de riesgos y el análisis de las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo, reconocido por su capacidad técnica y calidad de servicio de sus empleados
El Instituto estará orientado a ser una Institución Científica Técnica del Estado Venezolano, especializado en la prevención de riesgos y el análisis de las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo, reconocido por su capacidad técnica y calidad de servicio de sus empleados
Funciones Generales.
- Vigilar
y fiscalizar el cumplimiento de las normas
- Prestar
asistencia técnica a empleadores y trabajadores
- Substanciar
informes técnicos
- Promoción,
educación e investigación en materia de salud ocupacional
Funciones asignadas por la Ley Orgánica de Prevención,
Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y la Ley de Sistema de Seguridad
Social.
- Ejecutar
la Política Nacional en materia de Prevención, Salud y Seguridad en el
Trabajo
- Asesorar
a empleadores y trabajadores en el área de la salud ocupacional
- Dictar
las Normas Técnicas que regulan la materia
- Aplicar
las sanciones a los que violen la Ley en esta materia
- Gestionar
el nuevo régimen de Seguridad y Salud en el Trabajo
Mediante la realización del presente trabajo, he llegado a
las siguientes conclusiones
El objetivo que persigue la
seguridad industrial es mantener unos niveles elevados de la calidad de vida
dentro del ambiente laboral, garantizando la seguridad y la vida misma del
personal que ahí labora. Esto se obtiene por medio de una eficiente gerencia
por parte del área de recursos humanos dentro de las organizaciones, tomando
como principio la prevención de los accidentes en el trabajo, los cuales se
producen como consecuencia de las actividades de producción.
La mayor garantía de seguridad posible dentro de un campo
laboral determinado garantiza mantener tendencias de producción y calidad
elevadas lo cual me ubicara en un estatus competitivo a nivel de mercado y de
posesión de un recurso humano capaz y seguro y a su vez servir de ejemplo para
otras organizaciones.
Por lo tanto una organización u empresa que no atienda sus
necesidades prioritarias de seguridad e higiene no se puede definir como una
empresa eficientemente productiva.
En conclusión para que las organizaciones puedan lograr
todas sus metas y objetivos tanto generales como específicos y a niveles
individuales y organizacionales de lo que se ha planificado debe poseer un
programa de seguridad excelente para garantizar así los niveles más relevantes
para el recurso humano, que hace posible el logro y la eficiencia de los
intereses organizacionales así como financieros y socio culturales.
muy buena conclusión, gracias...
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